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Socios

SOCIOS

Podrán ser socios de la Sociedad Científica El Museo Canario las personas físicas mayores de edad, y también las personas jurídicas que, a juicio de la Junta de Gobierno sean merecedoras de pertenecer a la asociación (formulario de alta de nuevo socio).

Podrán también vincularse a ella personas físicas menores de edad que sean avaladas por quienes sobre ellas ostenten la patria potestad o tutela. Estos socios gozarán de todos los derechos y deberes que deriven de la condición de asociados, excepto el derecho de voto y el de desempeñar cargos en los órganos de gobierno, que obtendrán cuando alcancen la mayoría de edad.

La Sociedad Científica está integrada por socios de número y socios de honor.

Socios de número:

Requisitos y forma de admisión

Para ingresar como socio de la Sociedad Científica El Museo Canario se exigirán los siguientes requisitos:

  • Tener la voluntad firme de apoyar científica o económicamente a la asociación y prestarse a colaborar en sus proyectos y actividades.
  • Solicitar por escrito la admisión a la Junta de Gobierno, aportando los datos personales que se le demanden.
  • Acompañar, en su caso, un ejemplar de sus obras y trabajos científicos, literarios o artísticos publicados o realizados
  • Obtener la aprobación de la Junta de Gobierno.

Modalidades de cuotas

Los socios de número de El Museo Canario pueden acogerse a alguna de las siguientes modalidades de cuotas:

  • Socios de número juveniles ……………………………..50 € anuales
  • Socios de número de base………………………………100 € anuales
  • Socios de número de apoyo…………………………….200 € anuales
  • Socios de número protectores…………………………400 € anuales
  • Socios de número patrocinadores……………………800 € anuales como mínimo

Las cuotas de socios son cobradas, previa domiciliación bancaria, mediante la emisión en cada ejercicio de dos recibos semestrales, por la mitad de su cuantía.

Las personas jurídicas que ostenten la condición de socio de número no pueden acogerse a la modalidad de cuota base.

Derechos de los asociados

Son, entre otros:

  • Asistir con voz y voto a las reuniones de la Junta General
  • Ser informados de la gestión de la asociación, examinar los libros de registro de socios, de actas y de contabilidad en el domicilio social, en la fecha y hora que señale la Junta de Gobierno y en presencia de, al menos, un miembro de ésta.
  • Ser candidatos para ocupar cargos de la Junta de Gobierno y ejercerlo en caso de resultar elegidos.
  • Expresar verbalmente o por escrito cuantas opiniones o propuestas propuestas estimen convenientes para los intereses y fines de la asociación.
  • Participar en cuantos actos organice la Sociedad Científica y tener libre acceso a sus dependencias, sin más limitaciones que las que razonablemente establezca la Junta de Gobierno.
  • Obtener gratuitamente las publicaciones periódicas que edite la asociación.
  • Disfrutar de una reducción del 25 por 100 en el precio de las publicaciones u otros artículos que promueva la asociación.

Deberes de los socios

Son, entre otros:

  • Cumplir los estatutos y reglamentos, así como los acuerdos adoptados.
  • Abonar puntualmente las cuotas y derramas.
  • Velar por el prestigio de la Sociedad Científica El Museo Canario y prestar colaboración en su buena marcha.
  • Aceptar y desempeñar lealmente los cargos directivos para los que, en su caso, resulten elegidon.

Socios de número juveniles

Podrán acogerse a esta modalidad los socios de número menores de veinticinco años hasta que alcancen esa edad.

Socios de número diplomados

Cualquiera que sea su modalidad de cuota, los socios de número personas físicas pueden ostentar el distintivo de diplomado, previa aceptación de la Junta de gobierno.

Esa condición se adquiere pronunciando una conferencia o dictando una lección sobre algún tema de la especialidad del socio, o bien mediante la celebración de una exposición o un recital.

Socios de honor:

Pueden ser nombrados socios de honor de la Sociedad Científica El Museo Canario los socios de número personas físicas que, distinguiéndose de modo eminente en las ciencias, las letras o las artes, hayan prestado relevantes servicios a la cultura o al propio Museo.

Los socios de honor tendrán los mismos derechos y deberes que los socios de número, aunque recibirán un diploma acreditativo de su nombramiento.

Podrán ocupar un lugar preeminente en los actos públicos de la asociación.